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Noticias

El Tribunal de Cuentas ha designado nuevas responsables de su Unidad de Partidos Políticos.

Madrid, 28 de octubre de 2015  

El Pleno del Tribunal de Cuentas ha nombrado como responsables de la Unidad de Partidos Políticos de la Institución a las Consejeras de Cuentas María José de la Fuente y de la Calle, titular del Departamento de Fiscalización de Entidades Locales, y María Dolores Genaro Moya, titular del Departamento de Fiscalización de la Administración Socio-Laboral y de la Seguridad Social, sucediendo, en esta función, a Javier Medina Guijarro y Felipe García Ortiz, Presidentes de las secciones de Fiscalización y de Enjuiciamiento, respectivamente.

Durante los últimos años, el Tribunal de Cuentas ha realizado un importante esfuerzo en el desarrollo de las atribuciones que, en relación con las formaciones políticas, tiene encomendadas bajo su ámbito competencial. Así, ha dado un fuerte impulso a la fiscalización de la contabilidad ordinaria de aquéllas y de los procesos electorales, cuya fiscalización le corresponde. Asimismo ha aprobado el Plan de Contabilidad Adaptado a la Formaciones Políticas, cuya elaboración establecen las disposiciones reguladoras de la Financiación de Partidos Políticos, y ha adoptado unas normas de procedimiento para el desarrollo de la función sancionadora, que la legislación le otorga, respecto de las formaciones políticas infractoras de la normativa, habiendo llevado a cabo actuaciones en este ámbito.

Para abordar estas tareas, el Tribunal de Cuentas ha ido reforzado esta Unidad significativamente, en la medida en que resultaba preciso, con funcionarios procedentes de otros departamentos de la Institución que temporalmente han prestado servicios en ella.

El resultado de este esfuerzo tiene su principal reflejo en el hecho de que las fiscalizaciones del Tribunal de Cuentas a los partidos políticos se encuentran totalmente actualizadas. No obstante, la Unidad de Partidos Políticos tiene aún importantes retos por delante, algunos de ellos el impulso a las recomendaciones efectuadas en el informe de la revisión entre pares a la que se ha sometido, tales como:

-         Dotarle de una estructura más homogénea a la de los otros departamentos del Tribunal, reforzándola con medios humanos y materiales, permanentes y suficientes, para el oportuno ejercicio de los procedimientos fiscalizadores que ha de llevar a cabo, así como para la tramitación de las actuaciones sancionadoras que se sigan, en relación con las infracciones cometidas por los partidos políticos, ajustándose a las normas de procedimiento aprobadas por el Pleno.

-         Adaptar el Plan de Contabilidad para las Formaciones Políticas existente a los nuevos requerimientos de la Ley Orgánica 3/2015, de 30 de marzo, de control de la actividad económico-financiera de los partidos políticos.

-         Avanzar en el uso de las tecnologías de la información en este área de la fiscalización, para una completa implantación de las mismas a los procesos de rendición y revisión de cuentas de las formaciones políticas, como ya se ha hecho respecto de la práctica totalidad de las entidades del sector público.

Sobre la Unidad de Partidos Políticos

Al Tribunal de Cuentas le corresponde el control externo de la actividad económico-financiera de los partidos políticos. Esta fiscalización se extiende a los recursos públicos y privados de aquéllos y a la adecuación de la referida actividad a los principios de gestión financiera exigibles conforme a su naturaleza, con arreglo a lo que establece la Ley Orgánica 8/2007, de Financiación de los Partidos Políticos, modificada por la Ley Orgánica 5/2012 y, recientemente, por la Ley Orgánica 3/2015.

Este control se realiza mediante la fiscalización de la contabilidad anual de los partidos políticos que perciben subvenciones para gastos de funcionamiento, así como de las aportaciones recibidas por las fundaciones y asociaciones que están vinculadas a ellos. Los resultados de estas fiscalizaciones se plasman en los informes que emite el Tribunal de Cuentas sobre los estados contables de los partidos políticos en cada ejercicio, verificando su regularidad y adecuación a lo dispuesto en la normativa referida, y en los que han de hacerse constar expresamente cuantas infracciones o prácticas irregulares se hayan observado.

También es competencia del Tribunal de Cuentas verificar que las formaciones políticas cumplen la normativa en materia de ingresos y gastos en los procesos electorales en los que participen, así como la representatividad de la contabilidad electoral rendida, sin perjuicio de las competencias fiscalizadoras sobre los procesos electorales autonómicos atribuidas a los Órganos de Control Externo de las Comunidades Autónomas.

Los resultados de la fiscalización de la contabilidad electoral se recogen en los correspondientes informes que, como señala la Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General, han de pronunciarse sobre la regularidad de aquella y, en el caso de que se hubiesen apreciado irregularidades o violaciones de las restricciones establecidas en materia de ingresos y gastos electorales, el Tribunal de Cuentas podrá proponer la no adjudicación o la reducción de la subvención electoral correspondiente.

Asimismo, compete al Tribunal de Cuentas iniciar y tramitar los procedimientos sancionadores seguidos contra las formaciones que cometa alguna de las infracciones que se tipifican en la citada Ley Orgánica de Financiación de los Partidos Políticos, siempre que no constituyan delito, y dictar resoluciones imponiendo, cuando proceda, las correspondientes sanciones.

Más información
Yolanda López
Directora de Comunicación
T. 91 592 09 95
yolanda.lopez@tcu.es
gabinetedeprensa@tcu.es